jueves, marzo 28, 2024
Comunicación

14 empresas son investigadas por la SIC: publicidad engañosa en productos de aseo

La SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) emitió un comunicado oficial para dar a conocer a la opinión pública la apertura de investigaciones a 14 empresas. El motivo de las indagaciones es incurrir en presunta publicidad engañosa en productos de aseo; estos elementos comunicativos que fueron evaluados por sus piezas de comunicación, según indica la entidad, ofrecieron bondades específicas respecto al Covid-19. «En la publicidad de estos productos se atribuyeron beneficios como: matar, eliminar y combatir el virus, hacerlo desaparecer e incluso, reducir las consecuencias del contagio», indica el comunicado oficial.

Las entidades investigadas por presunta publicidad engañosa en productos de aseo son:
  1. Ci Multiservicios De Ingenieria 1A S.A. En Reorganizacion – Multinsa Rse -19
  2. Clorox De Colombia S.A.
  3. Reckitt Benckiser Colombia S.A.
  4. Beisbol De Colombia S.A.S.
  5. Productos Familia S.A.
  6. Soluciones Ambientales San S.A.S.
  7. Simoniz S.A. – Binner Piso
  8. Quala S.A. – Aromax Tres Acciones
  9. Sucesores De Jose Jesus Restrepo – Fassi Desinfectante Multiusos
  10. Colgate Palmolive CompaÑÍA
  11. Rocol International S.A.S.
  12. Avanza Internacional Group S.A.S.
  13. Borani S.A.S.
  14. Unilever Andina Colombia Ltda.

La entidad indicó que se realizaron visitas de inspección en páginas web, medios de comunicación y redes sociales; el análisis se hizo con el fin de revisar el mensaje transmitido a los consumidores en la publicidad de productos de aseo. La entidad, al encontrar mensajes que ofrecían beneficios contra el virus Sars-Cov2, «determinó el despliegue de acciones prioritarias de inspección y vigilancia con miras a proteger a los consumidores de mensajes posiblemente engañosos».

Textualmente, así lo explicó la SIC:

«Se formuló pliego de cargos en contra de 14 empresas por la presunta publicidad engañosa y/o, porque al parecer no atendieron las órdenes impartidas por esta autoridad. En uno de los casos se abrió la investigación por no garantizar la seguridad del producto, en atención a que al parecer no contaba con registro de la autoridad sanitaria.

Además, se impartieron órdenes administrativas, con el fin de que las sociedades ajusten la publicidad de los productos de aseo que ofrecen conforme a lo señalado en los estudios y documentos técnicos aportados, y se abstengan de utilizar publicidad que pueda confundir a los consumidores sobre el beneficio real que pueden garantizar los productos.

De confirmarse una violación a las normas de protección al consumidor en el marco de las investigaciones iniciadas, se podrán imponer multas hasta por 2.000 SMMLV».

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